Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2018-S3
Fecha: 15-Mar-2018
II.2.
II.2. Mediante Resolución 35 de 20 de noviembre de 2015, se declaró improcedente, el recurso de apelación formulado por el ahora accionante y procedente en parte el presentado por la acusación particular; por la que, pronunció nueva sentencia condenatoria en función al art. 365 del CPP, declarando a Sergio Antonio Verduguez Guzmán, autor de los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza, imponiéndole pena privativa de libertad de dos años y ocho meses (fs. 425 a 429).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- elementos del debido proceso y el principio de pertinencia
- Ahora bien, ese deber de fundamentación y motivación debe estar relacionado con el cumplimiento de otros presupuestos que la hacen válida, siendo uno de ellos emitir el fallo conforme al principio de pertinencia, el cual importa que no puede emitirse un pronunciamiento sobre aspectos que no fueron solicitados
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- ofrecer prueba idónea
- REVOCAR