Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2018-S3
Fecha: 15-Mar-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante señala lesionados sus derechos a la defensa, “seguridad jurídica”, tutela judicial efectiva, y debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y congruencia; en vista que, formuló excepción de prescripción de la acción penal ante la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, declarada infundada mediante Auto Supremo 949 /2016 de 30 de noviembre; Resolución que a su criterio efectuó una errada valoración de lo solicitado, al considerar dos excepciones, cuando solo fue planteada la prescripción de la acción penal, por cuanto dicha resolución sería carente de fundamentación, motivación y congruencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- elementos del debido proceso y el principio de pertinencia
- Ahora bien, ese deber de fundamentación y motivación debe estar relacionado con el cumplimiento de otros presupuestos que la hacen válida, siendo uno de ellos emitir el fallo conforme al principio de pertinencia, el cual importa que no puede emitirse un pronunciamiento sobre aspectos que no fueron solicitados
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- ofrecer prueba idónea
- REVOCAR