SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0064/2018-S2
Fecha: 15-Mar-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia a través de la acción de libertad la vulneración de su derecho al debido proceso, en su componente del derecho a la defensa; ya que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, rechazó sin más trámite el recurso de casación interpuesto contra el Auto de Vista 270/2017 que declaró inadmisible su recurso de apelación incidental, cuando -dice- conforme al mandato constitucional, el derecho a la defensa es amplio e irrestricto; en ese sentido, el art. 416 de la CPP no establece ninguna limitación para la interposición del recurso de casación, a no ser el plazo y la cita del precedente contradictorio que fueron observados en su caso; por lo que, pide se le conceda la tutela impetrada, disponiéndose la admisión y sustanciación del recurso de casación, dejándose sin efecto la providencia que niega la admisión, conocimiento y resolución del mismo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a recurrir y el sistema de recursos en el derecho procesal penal boliviano, especial mención al recurso de casación
- relevante, adquiriendo preeminencia esencial el derecho a impugnar las sentencias condenatorias
- por ley
- Conforme a dichas normas, el recurso de casación procede contra autos de vista que resolvieron recursos de apelación restringida, pronunciados por los tribunales departamentales de justicia, contrarios a otros precedentes pronunciados por otros tribunales departamentales de justicia o por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de aquí podemos establecer la naturaleza y finalidad del recurso de casación.
- la casación no es una instancia adicional del proceso, sino un recurso extraordinario que tiene por objeto el enjuiciamiento de la sentencia, y no del caso concreto que le dio origen
- SCP 0895/2012 de 22 de agosto
- garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en la Ley Fundamental
- III.2. Análisis del caso concreto
- sino a supuestos de procedencia
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA