SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2018-S3
Fecha: 22-Mar-2018
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Primero de Sacaba del departamento de Cochabamba, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 17 de noviembre de 2017, cursante de fs. 214 a 217, denegó la tutela solicitada, argumentando que en el caso presente concurrió la subsidiariedad excepcional en la acción tutelar debido a que el accionante no agotó el medio de defensa más eficaz y oportuno para resguardar los derechos supuestamente vulnerados; pues si bien el accionante planteó apelación incidental contra las Resoluciones de 30 de octubre y 15 de noviembre ambas de 2017, dichos fallos se encuentran pendientes de resolución por el Tribunal de alzada; por lo que al no haberse agotado la vía a través de un pronunciamiento de aquel Tribunal, denegó la tutela solicitada, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- 1)
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- III.2.
- CONFIRMAR