Sentencia Constitucional Plurinacional 0075/2018-S1 de 23 de marzo
Fecha: 23-Mar-2018
REVOCAR
Fundamentos por los cuales, considero que se debió REVOCAR la Resolución 08 de 12 de octubre de 2017, cursante de fs. 113 vta. a 116 vta., pronunciada por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia: 1° CONCEDER la tutela solicitada, únicamente con relación a la vulneración del debido proceso, en cuanto a la disfunción procesal advertida en la tramitación y resolución de la demanda de recusación; y, 2° DISPONER se deje sin efecto el Auto de Vista 14 de 15 de marzo de 2017, solo y exclusivamente con relación al trámite de la demanda de recusación, debiéndose emitir una nueva Resolución conforme a los fundamentos expuestos en el presente fallo.
- REVOCAR en parte
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- Fragmento 3
- 1.
- in limine, se impondrá
- trae consigo una sanción legal consistente en una multa equivalente a tres (3) días de haber mensual de un Juez técnico y de ser consecutivas esta multa será progresiva
- impone una multa
- cuál es el presupuesto legal que en definitiva fue el que sustentó la imposición de la multa a los accionantes
- III.1. Análisis del caso concreto
- se completará
- REVOCAR