VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0076/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0076/2018-S2

Fecha: 23-Mar-2018

Con relación al riesgo procesal previsto por el numeral 2 del art. 235 del CPP

Con relación al riesgo procesal previsto por el numeral 2 del art. 235 del CPP, citando la SC 0301/2011-R de 29 de marzo, señalaron que en el caso, aún no se inició el juicio oral, y al tratarse de un hecho complejo con varios procesados, era necesaria la presencia del imputado para que asuma defensa, con la finalidad de llegar a la verdad histórica del hecho.

Con relación al riesgo procesal previsto por el numeral 2 del art. 235 del CPP, una vez más, el Tribunal demandado actuó arbitrariamente, pues su argumento para considerar vigente este riesgo, se ampara en una simple conjetura, sin sustento objetivo, siendo necesario demostrar materialmente la existencia del riesgo; por lo que, su determinación no cumplió con su obligación constitucional de hacer un análisis racional, ponderado y adecuado, conforme los parámetros establecidos.