Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2018-S3
Fecha: 03-Abr-2018
II.1.
II.1. Por el documento privado de entrega de ganado a doblar capital, de 3 de diciembre de 2001, suscrito por Luis Fernando Calle Majluf con Roberto Yáñez Morales, mediante el cual se dio un hato consistente en doscientas cincuenta y dos cabezas de ganado, por el plazo establecido de seis años, computables desde el día 15 de noviembre de 2001, hasta el 15 de noviembre de 2007, término de cumplimiento obligatorio, en que debían ser restituidos en la cantidad de quinientos cuatro torillos (fs. 6 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- 2)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- III.
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- III.2. Sobre la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- todos los puntos demandados
- se halla interrelacionado con el principio de congruencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR