Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2018-S4
Fecha: 03-Abr-2018
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 9 de octubre de 2017, Mariana Adriazola Dávalos solicitó la emisión de mandamiento de apremio contra el ahora accionante por no haber cancelado el monto adeudado por asistencia familiar devengada; ameritando que por Auto Interlocutorio 405/2017 de 3 de noviembre, el Juez ahora demandado, ordenó se libre mandamiento de apremio, hasta que el obligado haga efectivo el pago por la suma adeudada de Bs4 000.- en favor de sus hijos menores de edad, encomendando su ejecución y cumplimiento a cualquier autoridad no impedida por ley; notificándose al accionante de forma personal el 8 del mencionado mes y año (fs. 42 a 43 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a) en materia familiar, excepcionalmente puede disponerse la restricción a la libertad física, a través de un mandamiento de apremio en los casos en los que una persona incumpla con los deberes de asistencia familiar, luego de que sea intimado por escrito y no haga efectivo el pago de la asistencia familiar en el plazo de ley
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR