Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2018-S3
Fecha: 10-Abr-2018
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante por intermedio de su representante, ratificó el tenor íntegro de su demanda, manifestando que las autoridades demandadas al emitir el Auto de Vista 254/2017, vulneraron sus derechos a la vida y la salud; ya que efectuaron una deficiente valoración razonable de la prueba, documentos que demuestran que padece patologías terminales, que requieren atención médica especializada continua, cuyo tratamiento no lo consigue en el Centro Penitenciario de San Roque de Sucre.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- existen mecanismos para salvaguardar su derecho a la vida; así se tiene que, el art. 90 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), establece la existencia de un servicio de asistencia médica que debería funcionar las veinticuatro horas del día en cada establecimiento penitenciario
- III.2. Sobre el carácter provisional de las medidas cautelares
- así un sospechoso de la comisión de un delito puede modificar sucesivamente su situación jurídica con la urgencia que requiere el caso, ello impide tener una concepción rígida de las tramitación y aplicación de las medidas cautelares
- rechazó
- CONFIRMAR