Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2018-S3
Fecha: 18-Abr-2018
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 13 de noviembre de 2017, cursante de fs. 98 a 100 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Germán Apolinar Miranda Guerrero contra Roxana Orellana Mercado y Juan Orlando Ríos Luna, Consejeros de la Sala Disciplinaria; Julio César García Caller, Lucio Javier Miranda Suazo y Miguel Guzmán Cati, ex miembros del Tribunal Disciplinario Primero; Teodora Sonia Montero Llanos, Jueza Disciplinaria Segunda en suplencia legal de su similar Primero, los últimos nombrados de la Oficina Departamental de Pando, todos del Consejo de la Magistratura.
- acción de amparo constitucional
- que no razoné debidamente el Auto de Vista de fecha 4 de diciembre de 2010 porque confiaba en el criterio de la Dra. María Esther Caero Silva
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de verdad material y prevalencia del derecho sustancial sobre el formal
- III.2. Requisitos de admisibilidad de la apelación frente a la justicia material
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR
- 1°