Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2018-S3
Fecha: 18-Abr-2018
II.1.
II.1. Mediante Resolución 4/2017 de 3 de febrero, el Tribunal Disciplinario Primero de la Oficina Departamental de Pando del Consejo de la Magistratura, declaró improbada la denuncia interpuesta por María Esther Caero Silva contra Ponciano Ruiz Quispe por la supuesta comisión de faltas gravísimas, respecto a Germán Apolinar Miranda Guerrero, se declaró probada la denuncia con relación a la falta gravísima contenida en el art. 188.10 e improbada con relación a las faltas contenidas en el art. 188.2 y 3 de la LOJ, sancionándolo con la destitución del cargo de Vocal de la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de ese departamento (fs. 2 a 8).
- acción de amparo constitucional
- que no razoné debidamente el Auto de Vista de fecha 4 de diciembre de 2010 porque confiaba en el criterio de la Dra. María Esther Caero Silva
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de verdad material y prevalencia del derecho sustancial sobre el formal
- III.2. Requisitos de admisibilidad de la apelación frente a la justicia material
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR
- 1°