SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2018-S2

Fecha: 16-Abr-2018

denegó

El Juez Público Civil y Comercial Décimo Primero de la Capital del departamento de Chuquisaca, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 19/2017 de 17 de noviembre, cursante de fs. 565 a 569 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes argumentos: a) Se establece que el Auto Supremo 593/2017, contiene debida fundamentación, congruencia y observa el debido proceso, hace referencia a la seguridad jurídica y verdad material que contiene los antecedentes de la demanda de declaración judicial de paternidad y el contenido del recurso de casación; con relación a la verdad material, el Auto impugnado se sustenta en la presunción de paternidad señalada en el art. 65 de la CPE y resuelve a cabalidad el recurso interpuesto tomando en cuenta los fundamentos y antecedentes de la demanda de declaración judicial de paternidad; b) Con relación al derecho a la defensa, no es evidente su vulneración; toda vez que, los accionantes intervinieron en el proceso, planteando diversos recursos hasta el de casación, objetaron prueba; es decir, tuvieron participación activa. De la misma manera, tampoco es cierto que hubieren omitido efectuar la valoración de la prueba, pues hacen referencia a la de ADN y la presunción judicial de paternidad que se efectúa, en aplicación del art. 65 de la CPE; y, c) Respecto al derecho a la igualdad, se establece que durante el desarrollo del proceso de referencia, las partes intervinieron en igualdad de condiciones y tuvieron las mismas oportunidades, como se acredita por las impugnaciones y objeciones efectuadas; concluyéndose en consecuencia, que las autoridades demandadas no vulneraron los principios, derechos ni garantías constitucionales señalados en la acción de amparo constitucional.