Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2018-S2
Fecha: 16-Abr-2018
I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
Los accionantes alegan la lesión de sus derechos al debido proceso en sus elementos de motivación, congruencia y omisión en la valoración probatoria, a la igualdad “en la aplicación de la ley”, como de los principios de adquisición procesal o de comunidad de la prueba, verdad material, seguridad jurídica, paz social, el valor justicia, legalidad y de retroactividad, citando al efecto los arts. 8.II, 14.V, 115.II, 117.I, 178.I y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Sobre el derecho al debido proceso y la fundamentación de las resoluciones
- III.2. Principio de congruencia
- a la exigencia de la observancia del principio dispositivo
- Fragmento 14
- CONFIRMAR