SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2018-S4
Fecha: 16-Abr-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que se le sigue, mediante memorial de 3 de octubre de 2017, solicitó modificación de las medidas cautelares que se le impusieron, misma que no fue atendida en el plazo legal correspondiente, pese a encontrarse cumpliendo la medida sustitutiva de detención domiciliaria con escolta, lo que afectó su derecho a la libertad.
Agregó que si bien, el Juzgado de Instrucción Penal Sexto del departamento de La Paz, no contaba con juez titular; sin embargo, su solicitud debió ser atendida en suplencia legal por su similar Decimo Primero; esta última autoridad quien de manera intencional, ilícita y abusiva, retuvo el expediente en su despacho sin resolver su solicitud ni señalar día y hora de audiencia; enviándolo finalmente ante el Juez de Instrucción Penal Primero del mencionado departamento, quien a su vez, a sabiendas de la existencia de actos procesales pendientes, remitió dicho cuaderno procesal, al Tribunal de Sentencia Penal del referido departamento, pese a que por dos veces consecutivas se le devolvieron obrados debido a la falta de resolución a su solicitud de modificación de medidas cautelares. Por lo que, se evidenció que las autoridades jurisdiccionales prenombradas, de manera deliberada, ocasionaron retardación de justicia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- 1)
- III.1. De la acción de libertad
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Fragmento 13
- se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte