Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2018-S1
Fecha: 23-Abr-2018
II.2.
II.2. Cursa informe presentado el 7 de noviembre de 2017, por el investigador asignado al caso, Edwin Chacolla Tancara ante el Fiscal de Materia, Ramiro Nina Avalos -ahora demandado-, mediante el cual pone a conocimiento una denuncia por presunta comisión del delito de abuso sexual (fs. 2 y vta.), informe que se tiene presente por parte de la autoridad hoy demandada por decreto de la misma fecha (fs. 2 vta.).
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- I.2.3. Participación del tercero interviniente
- concedió parcialmente
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación’
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- REVOCAR en parte
- 2º