AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2018-O
Fecha: 28-May-2018
II.3.
II.3. Conforme lo manifestado por la Agencia Despachante de Aduanas “GNOSIS” S.R.L., la AGIT, el 27 de octubre de 2017, emitió las 105 Resoluciones de recursos jerárquicos, validando la Resolución Sancionatoria emitida por la ANB, aplicando el artículo que fue declarado inconstitucional. De la misma manera, la Gerencia Regional La Paz de la ANB, mediante Proveído de Inicio de Ejecución Tributaria (PIET) AN-GRLGR-SET-PIET-809-2017 de 14 de diciembre, dispuso que la Supervisoría proceda al cobro hasta lograr el pago total del adeudo tributario (fs. 113); es decir, a la ejecución de la percepción de los montos de dineros retenidos en entidades financieras y compañías de seguro pertenecientes a la Agencia Despachante de Aduanas “GNOSIS” S.R.L. (no cursa documental de la Resolución Jerárquica en obrados).
- queja por incumplimiento
- I.1. Contenido de la denuncia de incumplimiento
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 10
- III.1. Marco normativo constitucional y legal de las acciones de inconstitucionalidad concreta
- III.2. Carácter obligatorio, vinculante y valor jurisprudencial de las sentencias
- mismo que continuará hasta el momento de dictarse la sentencia o resolución final que corresponda, mientras se pronuncie el Tribunal constitucional Plurinacional
- las sentencias constitucionales son de cumplimiento obligatorio