AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2018-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2018-O

Fecha: 28-May-2018

III.1.  Marco normativo constitucional y legal de las acciones de inconstitucionalidad concreta

El art. 73.2 del CPCo, determina que la acción de inconstitucionalidad concreta, procede “…en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.

Por otra parte, el art. 81.I del precitado Código, dispone que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoría de la Sentencia”.