DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0035/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0035/2018

Fecha: 22-May-2018

Fragmento 11

en su realización, la aprobación por dos tercios del total de sus miembros del órgano deliberativo, el control previo de constitucionalidad de sus normas ante el Tribunal Constitucional Plurinacional y un referendo aprobatorio. Por lo tanto, las preguntas para referendo deben someterse de manera obligatoria a control previo de constitucionalidad, conforme señalan los arts. 105.4., 121 y 122 del Código Procesal Constitucional (CPCo).