Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2018-S1
Fecha: 09-May-2018
II.3
II.3. Mediante nota de 25 de julio de 2017, el ahora accionante rechazó el memorando de destitución, indicando que su persona no incurrió en ninguna falta, ni fue sometido a un debido proceso, solicitando se demuestre que se haya ausentado de su trabajo (fs. 26). Asimismo, mediante memorial de 28 del referido mes y año, el prenombrado solicitó al hoy demandado, su reincorporación, haciendo conocer que se encuentra resguardado por el fuero sindical (fs. 27 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 7
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR