SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0202/2018-S2
Fecha: 22-May-2018
concedió
La Jueza de Sentencia Penal Quinta de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 001/2018 de 9 de enero, cursante de fs. 44 a 45 vta., concedió la tutela solicitada, en consecuencia dejó sin efecto lo dispuesto en la audiencia de 4 de enero de 2018, así como el mandamiento de aprehensión expedido contra el demandante de tutela, debiendo proseguir con los actos de juicio; con los siguientes fundamentos: a) Los Jueces demandados, firmaron el mandamiento de aprehensión amparados en el Auto Interlocutorio 41/2017, cuando ante la nueva inasistencia del acusado a la referida audiencia, debió efectuarse la correspondiente fundamentación, pues pueden darse situaciones diferentes; b) El Presidente del citado Tribunal de Sentencia Penal Cuarto, hizo incurrir en error a los demás Jueces, al ratificar una disposición de declaratoria de rebeldía asumida hace ocho meses atrás; y, disponer se expida mandamiento de aprehensión, sin establecer su objeto -concurrir al juicio oral o aplicar medidas cautelares-, conculcando de ese modo los derechos y garantías del demandante de tutela; y, c) Las notificaciones irregulares debieron ser reclamadas en la vía correspondiente, la notificación de “fs. 296” (sic), cumplió con su finalidad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- resolución fundamentada
- en forma fundamentada
- III.2. La obligación de resolver con carácter previo la revocatoria de la declaratoria de rebeldía sin la exigencia de purgarse las costas
- el primero
- III.3.
- Fragmento 19
- la SC 1572/2003-R de 4 de noviembre
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER
- MAGISTRADO