Sentencia Constitucional Plurinacional 0204/2018-S1 de 21 de mayo
Fecha: 21-May-2018
y vigente el Acta de decomiso que luego fuera “mutada” por el Acta de retención de los productos fertilizantes
La empresa impetrante de tutela mediante sus representantes legales, alegan la vulneración de sus derechos a la petición, al debido proceso en sus vertientes a ser oído, a la defensa y a obtener una resolución dentro de un plazo razonable y a la propiedad privada, en su elemento derecho al patrimonio y el principio de presunción de inocencia; toda vez que, dentro el proceso sancionatorio seguido en su contra, se dispuso Acta de decomiso, emitiéndose posteriormente Resolución Sancionatoria presentándose contra dicho acto administrativo el recurso de revocatoria, fallo que en consecuencia dejó sin efecto la sanción pecuniaria y vigente el Acta de decomiso que luego fuera “mutada” por el Acta de retención de los productos fertilizantes; sin embargo, pese a contar con pruebas que demostraban el buen estado de los productos, los demandados no emitieron resolución que ponga fin al proceso administrativo sancionador, pese a los diversos memoriales presentadas y que no fueron respondidos.
La empresa impetrante de tutela mediante sus representantes legales, alegan la vulneración de sus derechos a la petición, al debido proceso en sus vertientes a ser oído, a la defensa y a obtener una resolución dentro de un plazo razonable y a la propiedad privada, en su elemento derecho al patrimonio y el principio de presunción de inocencia; toda vez que, dentro el proceso sancionatorio seguido en su contra se dispuso Acta de decomiso, emitiéndose posteriormente Resolución Sancionatoria presentándose contra dicho acto administrativo el recurso de revocatoria, fallo que en consecuencia dejó sin efecto la sanción pecuniaria y vigente el Acta de decomiso que luego fuera “mutada” por el Acta de retención de los productos fertilizantes; sin embargo, pese a contar con pruebas que demostraban el buen estado de los productos, los demandados no emitieron resolución que ponga fin al proceso administrativo sancionador, pese a los diversos memoriales presentadas y que no fueron respondidas.
- Partes:
- 1° REVOCAR
- Fragmento 3
- y vigente el Acta de decomiso que luego fuera “mutada” por el Acta de retención de los productos fertilizantes
- II.1.
- en cambio en el derecho de petición no requiere la existencia de un proceso administrativo, debido a que tiene una autonomía propia, siendo únicamente exigible la identificación del peticionante para su procedencia
- derecho de petición y la pretensión
- II.2.
- Fragmento 9
- II.3. Lo resuelto por la
- III.3.1. Con relación a la denuncia de vulneración al derecho de petición
- la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, el amparo constitucional deviene en una acción subsidiaria; es decir, que solo procede cuando los medios ordinarios no han prosperado en el resguardo de un derecho fundamental supuestamente vulnerado o amenazado, lo que no ocurre en el caso, pues la empresa impetrante de tutela
- revoco la multa impuesta, dejando vigente el Acta de decomiso
- cuando se trata o gira en torno a una pretensión dentro un proceso administrativo, incumbe que tanto los plazos como la pretensión misma sea conocida de acuerdo a procedimiento, ello de acuerdo y en observancia de los componentes del debido proceso; consecuentemente, destaca la citada jurisprudencia que, no puede ser tratada con los alcances del derecho de petición, “sino, corresponde que el procedimiento administrativo sea observado con todo lo que incumbe: plazos y etapas procesales establecidas en la misma, regulados bajo la garantía del debido proceso”
- se denuncia la vulneración del derecho al debido proceso en sus vertientes a ser oído y juzgado en un debido proceso, a la defensa, a obtener una resolución fundamentada en un plazo razonable, a la presunción de inocencia y a la propiedad privada
- Fragmento 16
- CONFIRMAR en parte