SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2018-S3

Fecha: 31-May-2018

1)

El accionante por intermedio de su abogado, a tiempo de ratificar los términos expuestos en su demanda de acción de libertad, manifestó que: 1) Germán Eduardo Richter Gómez actuó de mala fe, al señalar que su negocio se encontraría en la av. Cristóbal de Mendoza 850 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, cuando su letrero indica que su empresa “HORNO Y COCINA” se encuentra ubicada en calle José Parada 3000 de la mencionada ciudad; 2) No se le permitió ingresar al inmueble de propiedad de Jorge Eduardo Ortiz Banzer, a fin de prestar “sus servicios de proteger” dicha propiedad; 3) Impidiéndole “…cumplir la labor (…) para el cual fue contratado…” (sic), restringiéndole su derecho a la libertad de locomoción; 4) Siendo que esta es la primera vez que su persona planteó la presente acción de libertad; y, 5) Los funcionaros policiales demandados fueron engañados en su buena fe por parte del denunciante, al haber ingresado al inmueble sin tener la certeza de que el fuera propietario o tuviera un contrato de alquiler.