SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2018-S3

Fecha: 31-May-2018

Fragmento 24

Con carácter previo, corresponde referirse respecto al memorial de retiro de la pretensión constitucional desplegada por el representante del solicitante de tutela; conforme a la revisión de obrados se tiene que: La presente acción de libertad fue presentada el 9 de noviembre de 2017, a horas 17:30, el mismo día emitió el Auto de admisión y señalamiento de audiencia para el día viernes 10 de igual mismo mes y año, a horas 17:30 (Conclusión II.1), se notificó con la acción tutelar a los funcionarios policiales (Conclusión II.2), posteriormente se recepcionó el memorial de desistimiento de la acción de libertad ante el Tribunal de garantías (Conclusión II.3), actuados que evidencian que el retiro de la acción de defensa impetrada se efectuó con posterioridad  al mencionado Auto y señalamiento de audiencia, incluso a la notificación de los demandados; en ese sentido, la jurisprudencia constitucional citada en el Fundamento Jurídico III.1.1, de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, establece la oportunidad procesal para desistir o retirar la acción de libertad, en el entendido que acudiría a la vía llamada por ley; por lo que, conforme a la jurisprudencia señalada corresponde ingresar al análisis de la problemática planteada.