SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2018-S3

Fecha: 31-May-2018

i)

Isaac Reinaldo Huanca Tancara e Israel Limachi Yarari, funcionarios policiales, mediante informe escrito de 14 del mismo mes y año, cursante de fs. 42 a 43 vta., manifestaron que: i) No es evidente la restricción a los derechos fundamentales del accionante, al no existir persecución indebida; siendo que, el hecho se encontraba en conocimiento del Ministerio Público y del Juez de control jurisdiccional, bajo la dirección funcional de los abogados Yolanda Aguilera Lijerón, Margoth Vargas Jordán y Gustavo Adolfo Bohórquez Trujillo, Fiscales de Materia; las actuaciones fueron en observancia estricta de lo que prevén los arts. 251 de la Constitución Política del Estado (CPE), 293 y 297 del Código de Procedimiento Penal (CPP), y lo previsto en el Manual de Organización y Funciones de nuestra institución; ii) Por lo que la presente acción tutelar, fue planteada con el afán de “…desviar, obstaculizar y dilatar las investigaciones que se efectúan de parte de la Dirección Departamental de la FELCC…” (sic) de Santa Cruz; debido a que, existen suficientes elementos para sostener su participación dentro de la presunta comisión del delito de allanamiento; y, iii) Antes de recurrir a la acción de defensa el peticionante de tutela debió denunciar las supuestas vulneraciones ante el Juez de la causa, bajo el principio de subsidiariedad establecido en la jurisprudencia constitucional.