VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0179/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0179/2018-S2

Fecha: 11-May-2018

no puede dejarse de lado, que los intereses y derechos de las víctimas de trata, se encuentran representados por ésta en el proceso penal

Por otro lado, si bien se advierte que el requerimiento para la otorgación de garantías personales recíprocas, solicitadas a fin de desvirtuar el riesgo procesal contenido en el art. 234.10 del CPP, involucra a la denunciante y no así a las víctimas; sin embargo, no puede dejarse de lado, que los intereses y derechos de las víctimas de trata, se encuentran representados por ésta en el proceso penal; y en ese ámbito, la denunciante y menos la abogada, podrían asumir una decisión que involucre los intereses de las víctimas; más aún, cuando éstas deben ser protegidas por el Estado, conforme a los estándares internacionales y nacionales que fueron referidos en el Fundamento Jurídico II.1 del presente Voto Disidente.