SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2018-S3

Fecha: 14-Jun-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Al encontrarse privado de libertad, mandó a realizar el depósito judicial al Juzgado Público de Familia Sexto del citado departamento; empero, las funcionarias del mismo le dijeron que no se encontraba su expediente, por lo que no podían emitir la orden de depósito, indicándole que se dirija a plataforma a fin de que le emitan una nota la cual señale que no tiene número de cuenta asignado a su proceso de asistencia familiar; empero, después de tanto reclamo una funcionaria del mencionado Juzgado le dijo que emitirían dicha orden de depósito pese a no tener el expediente, con la que logró efectuar el depósito a horas 18:27; sin embargo, no presentó el memorial de solicitud de mandamiento de libertad, por lo que el Juez del indicado Juzgado le dijo que no emitiría mandamiento de libertad puesto que al no contar con el expediente ni con el memorial de solicitud de mandamiento de libertad no podía hacer nada.

El Juez demandado que se encontraba con vacación debió remitir los cuadernos procesales que contaban con mandamientos de apremio y reposiciones al Juzgado de turno; además, los funcionarios no debieron denegar la emisión de la boleta de depósito, pues la misma fue otorgada bajo amenaza de ser denunciados por incumplimiento de deberes.