SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2018-S1
Fecha: 11-Jun-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante sin mandato, alega la vulneración de sus derechos a la libertad de circulación y de la persona, a la dignidad, a la seguridad jurídica, al debido proceso, a la defensa y a la justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones; y, a la garantía de ser protegido oportuna y efectivamente; por cuanto se emitió y ejecutó una orden de captura en su contra y fue remitido al Centro Penitenciario Palmasola del departamento de Santa Cruz, para cumplir la pena que le fue impuesta, pese a que a raíz de la medida cautelar provisional dispuesta en la acción de amparo constitucional, se encontraba vigente la suspensión de la ejecución del mandamiento de condena emitido en su contra dentro del referido proceso penal.
- acción de libertad
- SENTENCIA DE TRES AÑOS Y SEIS MESES DE PRESIDIO
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- AUTO DE AMPARO CONSTITUCIONAL N° 06/2017 DE FECHA 25 DE AGOSTO DE 2017
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- que la acción sea dirigida contra la autoridad, funcionario o persona que cometió el acto ilegal u omisión indebida que atenta contra el derecho a la libertad, o a la vida, ya sea a través de una persecución, procesamiento o detención ilegales o indebidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- III.3.1 . Respecto a la participación del tercero interviniente
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- 3°