SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0263/2018- S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0263/2018- S3

Fecha: 14-Jun-2018

no existe

El 3 de enero de 2018, Willy Victor Rojas Cazas, Fiscal de Materia, en atención al apersonamiento descrito precedentemente, mediante proveído señaló que con carácter previo a considerar la solicitud del hoy impetrante de tutela, debía presentar el memorial con la firma de un abogado, mencionando sus nombres y apellidos así como el registro pertinente en el Ministerio de Justicia (Conclusión II.2). El 12 de enero de 2018, el Fiscal hoy demandado emitió Resolución y Orden de Aprehensión (Conclusión II.3) a efectos de que el ahora accionante preste su declaración informativa. Ahora bien, de la exhaustiva revisión de obrados, no cursa memorial alguno por el cual el accionante hubiera subsanado la observación referida; asimismo, no obstante a que el impetrante de tutela aseveró que acudió ante “…el juez cautelar…” (sic) a plantear sus reclamos; empero, de la revisión íntegra de todos los antecedentes y actuados remitidos, no existe evidencia alguna que demuestre lo afirmado; aspecto que resulta coincidente con el informe de la Jueza demandada quien afirmó que en el caso en cuestión, únicamente existe el informe de inicio de investigaciones presentado por el Ministerio Público.