SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2018-S4

Fecha: 11-Jun-2018

II.3.

II.3.  Por Resolución FDLP/EJBS-S-106/2017 de 14 de marzo, el Fiscal Departamental de La Paz, resolvió revocar la Resolución de Sobreseimiento 422/2016, ordenando se presente acusación contra los accionantes por los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, teniéndose como fundamento principal que: a) El disco compacto utilizado como prueba en el caso LPZ1409468 a instancias de Rosario Marilyn Illanes Patzi contra Gonzalo Rosendo Illanes Patzi por el delito de violencia familiar o doméstica, de acuerdo al dictamen pericial de Informática Forense fue entrecortado y si bien dicho medio magnético no constituye un documento público al no ser judicializado en un Tribunal de Sentencia; empero, causó un latente perjuicio contra el entonces denunciado en mérito al requerimiento conclusivo de sobreseimiento 001/2015 de 13 de noviembre emitido a su favor dentro de aquél proceso penal, decisión que determinó que se alteró el CD que contenía el audio de una conversación entre la denunciante y un testigo presencial del hecho, a cuyo efecto quedó desvirtuado dicho elemento probatorio, aspecto que implica la existencia de un perjuicio; entendiéndose en el presente caso el posible perjuicio como el daño moral y psicológico al que fue sometido la víctima (Gonzalo Rosendo Illanes Patzi) ante el proceso penal injusto (y previo), mismo que podía constituirse como una violación flagrante a los principios de inocencia, verdad material y debido proceso al insertarse un medio probatorio CD apócrifo; b) Para que exista el delito de uso de instrumento falsificado necesariamente el documento debe tener ese carácter de falso sea material o ideológico, conforme la revisión íntegra del cuaderno de investigación se conoció el hecho en el cual la parte sindicada hizo uso efectivo del medio magnetofónico CD, tasado de falso a efectos de impetrar una denuncia catalogada como ficta ya que la presentación del medio óptico creó una situación de indefensión en el proceso penal por el delito de Violencia Familiar o Doméstica; y, c) Como conclusión, estableció que los elementos de convicción acumulados durante el desarrollo de la investigación, son suficientes para establecer la relación de causalidad entre la probable conducta desplegada por la parte imputada, quienes insertaron un medio magnético controversial en un proceso penal anterior, resultando una acción injusta frente a la parte perdidosa, por cuanto el Fiscal de Materia del proceso penal previo determinó sobreseer al ahora denunciante y la resolución de sobreseimiento del presente proceso, no expuso las razones por las cuales los elementos de convicción que generaron la aceptación de la probabilidad de autoría en la imputación formal ahora no generan esa misma convicción (fs. 28 a 30 vta.).