SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2018-S1

Fecha: 27-Jun-2018

denegó

La Jueza Pública Civil y Comercial Tercera de Tarija, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 08/2018 11 de enero, cursante de fs. 277 vta. a 284 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) Respecto al cumplimiento del principio de inmediatez, le corresponde al accionante cumplir con dicho requisito de admisibilidad; b) Si bien este aspecto no fue observado al momento de admitir la presente acción tutelar, nada obsta que la juzgadora pueda hacerlo en audiencia; c) En el presente caso, el peticionante de tutela al no haber acreditado en qué fecha fue notificado con la resolución que denuncia como vulneradora de sus derechos, impidió que la juzgadora pueda computar el plazo para la interposición de la presente acción de defensa; y, d) La acción de amparo constitucional, se rige por los principios de subsidiariedad e inmediatez, en ese sentido, no puede entrar a considerar el fondo de la problemática planteada, por ser casual de improcedencia reglada.