SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2018-S3

Fecha: 26-Jun-2018

a)

Alejandra Ortiz Gutiérrez, Vocal de la Sala  Mixta Civil, Comercial, de Familia,  Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; mediante informe cursante de fs. 50 a 51, manifestó que: a) La vida del accionante no se encuentra en riesgo, su persecución y procesamiento obedece a una imputación formal, y su privación de libertad se la realizó en virtud a una orden judicial, que puede ser revisada o modificada en cualquier momento de acuerdo a lo expresado en el art. 250 del CPP; y, b) La decisión de declarar sin lugar la apelación incidental, no vulnera en modo alguna el derecho a la libertad del accionante. En cuyo mérito, pidió denegar la tutela.

Jorge Alejandro Vargas Villagómez, Presidente de la Sala Penal Primera del mismo Tribunal; notificado con la acción de libertad, conforme consta en la diligencia de fs. 44; no presentó ningún informe tampoco se hizo presente en audiencia; pues el solo hecho de haberse consignado su nombre en el informe de fs. 50 a 51, no puede surtir efecto alguno, si no se encuentra con su respectiva firma, rubrica u otro elemento que otorgue certeza en cuanto a su emisor.