SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2018-S3
Fecha: 26-Jun-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denunció lesionados sus derechos a la libertad, al acceso a la justicia y los principios de tipicidad, legalidad, presunción de inocencia, excepcionalidad de la restricción de la libertad y seguridad jurídica, como efecto del indebido procesamiento resultante de haber faltado al deber de fundamentación, motivación y la errónea valoración de los elementos probatorios; por cuanto, la Jueza de la causa, sin un análisis de tipicidad y sin la debida fundamentación y motivación, en inobservancia del principio de excepcionalidad de la restricción de la libertad personal y la presunción de inocencia, sustentándose únicamente en su condición de servidor público, dispuso su detención preventiva, decisión que fue ratificada por el Tribunal de alzada, sin realizar el control de legalidad respecto a la calificación del hecho ni expresar las razones jurídicas por las que considera que existe la probabilidad de autoría y cuáles son las conductas que permitió establecer la activación del peligro de obstaculización previsto en el art. 235.2 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. E
- aclarándose que la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación y en toda decisión judicial
- i)
- III.2.
- CONFIRMAR