SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2018-S1

Fecha: 27-Jun-2018

II.4.

II.4.  Según Auto de 3 de enero de 2018, María Inés Callejas Quintana, Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Primero - Juzgado de Partido de Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Caranavi del departamento de La Paz, regularizando el procedimiento conforme el art. 168 del CPP, dejó sin efecto el decreto de traslado y el señalamiento de audiencia que se generó a partir de la solicitud del memorial de 21 de diciembre de 2017, hasta que el Tribunal de alzada se pronuncie respecto a las apelaciones remitidas en consulta; toda vez que, de obrados se evidenció que existían apelaciones pendientes de resolución sobre la misma causal de solicitud de cesación a la detención preventiva          señalada en el art. 239.3 del CPP, misma que fue considerada por la Resolución 68/2017 de 10 de junio y la Resolución 107/2017 de 1 de septiembre, y habiéndose apelado las mismas fueron remitidas con sus antecedentes al Tribunal de alzada que hasta la fecha no fueron resueltas (fs. 46).