Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2018-S2
Fecha: 27-Jun-2018
II.6.
II.6. Certificado de trabajo de 17 de mayo de 2002, expedido por la entonces Prefectura -hoy Gobierno Autónomo- del departamento de Tarija, que certifica que el ahora accionante prestó sus servicios en IABSA desde el 25 de septiembre de 1996, hasta el 31 de agosto de 1998, con contratos transitorios, durante los períodos de la Zafra (fs. 37).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5. “
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Contextualización de línea de la acción de amparo constitucional ante el incumplimiento de las conminatorias de reincorporación. Jurisprudencia reiterada
- de ahí que para concederse una tutela constitucional debe analizarse en cada caso la pertinencia de la conminatoria,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte