Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2018-S2
Fecha: 27-Jun-2018
II.7.
II.7. Contratos de trabajo por temporada suscritos por la empresa IABSA y el hoy accionante, desde el 29 de junio de 2012 hasta el fin de la Zafra; 17 de julio de 2013, hasta el fin de la Zafra 2013; 10 de agosto de 2015 hasta el fin de la Zafra 2015; 20 de julio de 2016 hasta el fin de la Zafra 2016 (fs. 16 a 23); finiquitos pagados y cobrados por el accionante correspondientes a las gestiones 2012, 2013, 2014 y 2016 (fs. 104 y vta., 101 y vta., 100 y vta. y 95 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5. “
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Contextualización de línea de la acción de amparo constitucional ante el incumplimiento de las conminatorias de reincorporación. Jurisprudencia reiterada
- de ahí que para concederse una tutela constitucional debe analizarse en cada caso la pertinencia de la conminatoria,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte