SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0324/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0324/2018-S4

Fecha: 27-Jun-2018

IMPROCEDENTE

Los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 02 de 15 de enero de 2018, cursante de fs. 285 vta. a 288, resolvieron declarar “IMPROCEDENTE” en la forma la acción de amparo constitucional, sin imposición de costas, con el argumento de haber sido reincorporada la accionante a su fuente laboral, puesto que las autoridades demandadas restituyeron y corrigieron el mal accionar que tuvieron en su momento, reincorporando a la ahora impetrante de tutela, tal como se tiene demostrado por las pruebas documentales aportadas en la presente acción tutelar, las cuales fueron notificadas de manera personal con la restitución a la peticionante de tutela, reconociendo la misma que se encuentra ya trabajando; consiguientemente, es aplicable la teoría del hecho superado y respecto a los actos de usurpación de funciones de las personas que fungieron como Tribunal Sumariante del Instituto Oncológico del Oriente Boliviano, al momento de emitirse la Resolución Administrativa y Sancionatoria por la que determinaron una sanción temporal de treinta días, no es materia de la acción de amparo constitucional, sino del recurso directo de nulidad, establecido en el art. 53 del Código Procesal Constitucional (CPCo).