SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0328/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0328/2018-S3

Fecha: 22-Jun-2018

Fragmento 22

Conforme a lo establecido en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo constitucional no es admisible activar dos jurisdicciones simultáneas para realizar reclamaciones, el conocimiento y resolución de las irregularidades denunciadas en un proceso, particularmente de la jurisdicción ordinaria y constitucional. En el caso concreto conforme a las Conclusiones II.5 y 6 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional se tiene que el accionante acudió ante la autoridad de control jurisdiccional denunciando los actos ilegales cometidos por las autoridades demandadas, traducidos en la negativa de suspensión de su declaración informativa pese a los justificativos acompañados, y la emisión y ejecución del mandamiento de aprehensión, por lo que activó un medio idóneo en busca de lograr la reparación de las supuestas lesiones a sus derechos y garantías en la vía ordinaria, la que si bien ya mereció resolución de acuerdo a lo referido en la Conclusión II.12, a la fecha de presentación de la acción tutelar, se encontraba todavía sin resolución.