SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2018-S1

Fecha: 09-Jul-2018

el mandamiento de condena, tiene por fin hacer cumplir la pena impuesta por una sentencia con calidad de cosa juzgada

Concluyéndose que es el Juez de la causa el que emite el mandamiento de condena y lo remite con las copias legalizadas de la Sentencia al Juez de Ejecución Penal, siendo este quien expedirá el correspondiente mandamiento de captura cuando el sentenciado no pueda ser habido, pues el fin del mandamiento de captura, que debe ser librado por el Juez de Ejecución Penal, es hacer cumplir el mandamiento de condena que a su vez tiene la finalidad de hacer cumplir la pena impuesta por una sentencia.