SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2018-S2
Fecha: 18-Jul-2018
II.3.
II.3. El querellante Cristián Tuscunibar Huanaco, por memorial de 8 de agosto de 2016, formuló ante la Autoridad Sumariante del Régimen Disciplinario del Ministerio Público de la Fiscalía Departamental de Cochabamba de la Fiscalía General del Estado Plurinacional, denuncia contra el accionante y otra, por la presunta comisión de faltas disciplinarias, graves previstas en el art. 120.4 y 18 y muy graves las incursas en el art. 121.4, 8, 18 y 20 de la LOMP, que luego de haber sido subsanadas las observaciones, por Resolución 30/2016 RDA-R de 30 de septiembre, fue admitida por la posible comisión de las faltas disciplinarias graves y muy graves insertas en los arts. 120.18, 121.8, 18 y 20 de la citada Ley, y se rechazó por las faltas graves y muy graves del art. 120.4 y art. 121.4 de la misma Ley (fs. 3 a 6; 9 a 10; y, 11 a 13).