Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0351/2018-S3
Fecha: 17-Jul-2018
I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
El accionante denuncia lesionados sus derechos al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, presunción de inocencia, a la defensa, a la aplicación de la ley penal más favorable, legalidad, “seguridad jurídica” e imparcialidad; citando al efecto los arts. 115, 116.I, 117.I y 123 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- i)
- CONFIRMAR