SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2018-S2

Fecha: 18-Jul-2018

Fragmento 2

El 4 de enero de 2016, mediante Contrato UAJ 003/16, trabajó para CESSA como cajera, hasta el 31 de diciembre de igual año; posteriormente, en enero de 2017, de acuerdo con el “Contrato UAJ 003/16” estuvo nuevamente bajo dependencia de la referida empresa para desempeñar el mismo cargo “por el periodo de dos años” (sic), a computarse desde el “4 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2017”, tiempo en el cual se embarazó, situación que puso a conocimiento de la señalada empresa a través de oficio de 5 de diciembre del citado año, a efectos que se tomen las medidas que le asiste la ley, ratificado mediante un segundo escrito de 28 de igual mes y año, al cual adjuntó el certificado médico correspondiente; ante la incertidumbre por falta de respuesta a las solicitudes, acudió ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Chuquisaca dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a objeto de pedir su reincorporación, petición que fue presentada a la citada empresa, la cual “reconociendo la calidad de contrato a plazo indefinido” (sic), puso a conocimiento de la autoridad del trabajo la liquidación y cheque emitido a su favor.