SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2018-S2
Fecha: 18-Jul-2018
presente Sentencia Constitucional Plurinacional
En previsión del art. 28.II del CPCo, que permite dimensionar los efectos de las resoluciones constitucionales, en observancia a los principios de previsibilidad y seguridad jurídica, este Tribunal considera las posibles consecuencias y efectos de la determinación asumida; en mérito a la inicial concesión de tutela dispuesta por la Jueza de garantías que ordenó la reincorporación de la accionante al mismo cargo que ocupaba antes y a la cancelación de las asignaciones familiares, que podrían verse afectadas, dimensionar los efectos de la presente Resolución constitucional, en el entendido que se mantiene incólume los salarios y demás asignaciones familiares que se hubiesen cancelado como resultado de la reincorporación de la impetrante de tutela.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- i)
- II.4.
- II.6.
- II
- plazo fijo
- Si la mujer fue contratada a plazo fijo, fenecido el término pactado entre partes, se extingue la relación laboral, con la obligación del empleador de cancelar, si corresponde, los beneficios que la ley acuerda para tales casos, sin que pueda exigirse al empleador mantener a la trabajadora en el cargo aunque haya resultado embarazada en el lapso de la prestación de servicios
- cuando se trate de padres progenitores del sector público o privado que estén bajo este tipo de modalidad de trabajo, gozarán de inamovilidad laboral; empero, únicamente hasta la fecha de culminación de su contrato de trabajo
- III.2. Análisis del caso concreto
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- REVOCAR