Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2018-S2
Fecha: 18-Jul-2018
i)
En la vía de complementación y enmienda, la accionante solicitó se complemente respecto a los siguientes aspectos: i) Que, no se pronunció respecto a la conminatoria de reincorporación; y, ii) Que, no es una trabajadora eventual sino de planta; toda vez que, cumplió las funciones de cajera, en ese sentido, solicitó se pronuncie respecto al contrato indefinido que le corresponde.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- i)
- II.4.
- II.6.
- II
- plazo fijo
- Si la mujer fue contratada a plazo fijo, fenecido el término pactado entre partes, se extingue la relación laboral, con la obligación del empleador de cancelar, si corresponde, los beneficios que la ley acuerda para tales casos, sin que pueda exigirse al empleador mantener a la trabajadora en el cargo aunque haya resultado embarazada en el lapso de la prestación de servicios
- cuando se trate de padres progenitores del sector público o privado que estén bajo este tipo de modalidad de trabajo, gozarán de inamovilidad laboral; empero, únicamente hasta la fecha de culminación de su contrato de trabajo
- III.2. Análisis del caso concreto
- presente Sentencia Constitucional Plurinacional
- REVOCAR