Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2018-S2
Fecha: 24-Jul-2018
II.2.
II.2. La impetrante de tutela, el 7 de noviembre de mismo año, ante su destitución, acudió en reclamo a la Jefatura Departamental de Trabajo de Tarija, denunciando su despido y gozar de inamovilidad funcionaria por ser persona con discapacidad (según lo aseverado por la accionante y que se consigna en la SCP 0915/2017-S2 de 28 de agosto) -fs. 118 a 120-.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. E
- III.2. Principio de congruencia
- Fragmento 21
- III.3.
- Fragmento 23
- CONFIRMAR