Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2018-S2
Fecha: 24-Jul-2018
II.5.
II.5. Mediante Resolución Sumarial Suplente 010/2017 de 1 de marzo, la Autoridad Sumariante, determinó responsabilidad administrativa contra la accionante, por haber contravenido los arts. 235 de la CPE; 1 inc. b), 7 inc. c), 8 inc. a) y b) del EFP; 11 inc. e), 13 inc. f) del Reglamento Interno de Personal; y, 4 inc. f) y h) del Código de Ética de “BOLIVIA TV”, ratificando el Memorándum DEST.GCIA. GRAL 046/2016, decisión contra la que planteó recurso de revocatoria por memorial de 18 de mayo del citado año (fs. 31 a 35; y, 36 a 41 vta.).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. E
- III.2. Principio de congruencia
- Fragmento 21
- III.3.
- Fragmento 23
- CONFIRMAR