Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2018-S2
Fecha: 24-Jul-2018
II.1
II.1. Cursa Sentencia Disciplinaria 118/2016 de 4 de noviembre, emitida por la Jueza Disciplinaria Tercera del Consejo de la Magistratura; mediante la cual, se declaró improbada la denuncia interpuesta contra Leda Mirna Ojopi Rivero, Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera de la Capital del departamento de Santa Cruz -ahora accionante- (fs. 208 a 212 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2. Sobre la revisión de la valoración
- III.3. Respecto al derecho a la defensa
- dimensión material
- Fragmento 17
- III.4. Sobre la preservación del derecho al trabajo de los servidores públicos
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. Respecto a la defectuosa fundamentación y motivación
- III.5.4. Respecto al error de interpretación de los arts. 203 y 330 del Código de Procedimiento Penal
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER
- MAGISTRADO
- Fragmento 25
- derecho a la defensa
- siendo situación diferente que el imputado en uso de su mejor derecho decida confesar su culpabilidad.