SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2018-S3

Fecha: 26-Jul-2018

concedió

El Juez de Partido de Sentencia Penal y Liquidador Primero de Quillacollo del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías mediante Resolución de 30 de agosto de 2017, cursante de fs. 78 a 80, concedió parcialmente la tutela impetrada, disponiendo la nulidad de Auto de 17 de agosto de igual año, y que el accionante de cumplimiento a lo pronunciado en audiencia de 9 de agosto del mismo año; y, “…con su resultado la autoridad que ejerce el control jurisdiccional disponga lo que enderecho corresponda…” (sic); bajo los siguientes fundamentos: 1) En audiencia de   9 de agosto del mismo año, debió considerarse la situación del impetrante de tutela, atendiendo a que presentó Certificado Médico para justificar su delicado estado de salud, habiendo solicitado señalar nuevo día y hora de audiencia; sin embargo, la Jueza demandada otorgó veinticuatro horas de plazo para que el IDIF homologue y emita nuevo certificado previa revisión al solicitante de tutela, aspecto incumplido y el 17 de agosto del referido año se declaró su rebeldía sin aplicar los efectos que conlleva el art. 89 del CPP; y, 2) En este caso antes de declarar su rebeldía, el accionante contaba con la facultad de apersonarse y en audiencia, requerir que escuchen las razones por las que no asistió; consecuentemente la acción de libertad se encuentra con sustento legal.