ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0470/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
conceder la tutela provisional y transitoria
Consecuentemente, corresponde conceder la tutela provisional y transitoria a la demandante de tutela y a los terceros interesados, con relación al derecho de acceso al servicio básico de agua potable, disponiendo: i) Una tutela reparadora; es decir, el cese de todo acto de perturbación al derecho de acceso al líquido elemento, provisto por SEMAPA; ii) Una tutela preventiva, consistente en la abstención de parte del demandado y de la propietaria del citado edificio, de nuevos cortes al suministro de agua potable al departamento 6-3, que no emanen de autoridad competente.
Cabe aclarar, que la tutela provisional y transitoria dispuesta en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, solo podrá ser modificada cuando exista -si corresponde- una sentencia en la justicia ordinaria, respecto al contrato de compromiso de venta del departamento bajo régimen de propiedad horizontal.
Por otro lado, esta Sala advierte que, dentro del trámite de la demanda tutelar, si bien la demandante de tutela solicitó la suspensión de audiencia de consideración de la presente audiencia de acción tutelar el 10 de noviembre de 2017 -Conclusiones II.9 y II.10-, al desarrollarse la misma recién el 13 de marzo de 2018, el Tribunal de garantías incurrió en una dilación indebida; por lo que, corresponde llamar la atención a dicho Tribunal.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Fundamento de la proscripción de las medidas o vías de hecho o justicia por mano propia
- calificándolo como un problema estructural
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.2.
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- tutela reparadora en el marco de la provisionalidad
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- acción de
- III.5. Análisis del caso concreto
- conceder la tutela provisional y transitoria
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- Fragmento 29
- 944/2002-R,
- el accionante deberá cumplir en primera instancia con la identificación de los particulares o autoridades demandadas