SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2018

Fecha: 01-Ago-2018

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Eusebia Brañez Choque de Ninavia, Luciano Ninavia Mamani, Juan Aguilar Chillaje, Juan Carlos y Claudio, ambos Aguilar Cucho y Freddy Flavio Colque Chillaje contra Ángel y Santiago, ambos Leyva Aro, Felipa Choque Huarayo, Alicia García Humacayo, Aurelio y Vicente, ambos Mamani Ticona, Jaime Mamani Delgado, Guillermo Condori Brañez, Felipe Cucho Mitma, David Colquechuima Aguilar, Valerio Choque Flores, Josefa Ticona de Zenteno y Segundino Jorge Ríos, por la presunta comisión de los delitos de lesiones graves y leves; y, amenazas, las autoridades originarias del Ayllu Chullpa, Tercera Sección de la provincia Rafael Bustillo del departamento de Potosí, reclamaron su competencia para el conocimiento y resolución de la causa antes señalada, habiendo suscitado el presente conflicto de competencias jurisdiccionales, respecto a que el Juez de Instrucción Penal Primero de Llallagua del citado departamento, se limitó a remitir los antecedentes alegando que la resolución del mismo corresponde al Tribunal Constitucional Plurinacional.