SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2018-S1

Fecha: 07-Ago-2018

II.3.

II.3.  Consta informe -sin fecha- suscrito por el Director Departamental a.i. de DIPROVE de Pando dirigido al Comandante Departamental de la Policía Boliviana, por el cual hizo conocer que el 20 de marzo de 2018, en horas de la madrugada, un funcionario policial le dio parte sobre la detención de dos súbditos brasileros relacionados con el robo de un vehículo, quienes al margen tendrían, de acuerdo a información recibida de la Policía Civil de Epitaciolandia de la República Federativa de Brasil, antecedentes de robo, tráfico de armas, estelionato, volteo al seguro y otros, siendo puestos a conocimiento de dicha Policía Civil para su investigación, dentro de las políticas de cooperación existentes entre ambos países; de igual forma, manifestó haber sido notificado con un memorial del hoy accionante Yerin Marcos Saucedo Rodríguez solicitando información a DIPROVE y que el mismo no había sido respondido, comunicándole también que se le citó personalmente para que comparezca ante el “Juzgado de Sentencia” -se asume dentro de la presente acción de defensa- señalando sobre el caso “…del cual no tengo ningún conocimiento y mucho menos conozco a la persona mencionada, pero por información del personal de Diprove sería un testigo o informante del caso de los 2 súbditos Brasileros” (fs. 14).